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Contrato de comisión: qué es, cómo funciona y obligaciones

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¿Comisionistas, distribuidores o comerciales? Pese que pudieran parecer figuras similares, en realidad no lo son. En concreto, en lo que respecta al contrato de comisión, es importante conocer algunas de sus peculiaridades para estar seguros de que esta modalidad de contratación mercantil es la idónea para el negocio. Desde el punto de vista del empresario, el comitente, vamos a revisar algunas de sus características más singulares.

¿Qué es un contrato de comisión (acuerdo mercantil)?

El contrato de comisión es un acuerdo entre dos empresas para realizar una serie de operaciones. En este contrato mercantil, una parte las realiza a cambio de una comisión (se trata del comisionista), ese monto de dinero es el que la que la otra, quien ha efectuado el encargo (el comitente), queda obligada a pagar.

El primer aspecto que ha de quedar claro al hablar de contrato de comisión es que no implica a un trabajador y un empresario sino a dos empresarios (que pueden ser personas jurídicas o también físicas, como sucedería en el caso del autónomo).

¿Cuánto tiempo dura un contrato mercantil?

El acuerdo entre ambas partes debe ser pactado con total libertad y así se reconoce en el ordenamiento jurídico, que acepta las cláusulas del contrato de comisión como fuente normativa principal para su regulación.

Son las partes quienes deciden la duración del acuerdo y el resto de sus condiciones, siempre que estén de acuerdo con lo dispuesto por la ley.

¿Cómo termina el contrato de comisión?

El contrato de comisión puede terminar por acuerdo entre las partes si, por ejemplo, establecen que su relación se extenderá solo durante el tiempo que dure un proyecto concreto o hasta que finalice un plazo de tiempo cierto.

El incumplimiento de las obligaciones de las partes, el fin de la causa que tenía por objeto el contrato o a muerte sobrevenida de alguno de los actores firmantes del acuerdo, podría constituir también causa de finalización del contrato de comisión.

¿Cuáles son las obligaciones de un comisionista?

Teniendo esto en cuenta, al plantearse el contrato de comisión como posibilidad para expandir la red comercial en un territorio concreto, hay que saber que:

  1. En el momento de realizar acciones comerciales, el comisionista no actuará por cuenta propia, sino en representación del comitente.
  2. Su actividad no está sujeta a continuidad, por lo que no existe ningún requisito de permanencia asociado al contrato.
  3. Todos los gastos asociados al ejercicio de la actividad del comisionista correrán a su cargo.
  4. El comisionista es independiente, lo son sus instalaciones, su personal, su organización del trabajo y su plan comercial y en ninguno de estos aspectos puede intervenir el comitente.
  5. El comisionista no está obligado a prestar servicios en exclusiva al comitente, por lo que no habrá de recogerse una cláusula similar en el contrato de comisión.
  6. El comisionista no asume los riesgos derivados de la acción comercial en la que participa, ya que la responsabilidad sobre ellos corresponde al comitente.

¿Cómo funciona el contrato de comisión?

El comisionista recibe el pago de una cantidad a cambio de la prestación de sus servicios de representación comercial. En lo concerniente al acuerdo que vincula a las partes, la legislación mercantil determina que:

  • La forma verbal está aceptada para la celebración del contrato de comisión.
  • No existe requisito de forma aplicable a esta modalidad contractual.
  • El mero consentimiento basta para que se produzcan obligaciones para las partes como fruto del acuerdo que las vincula.
  • El contrato de comisión puede recogerse en un documento de carácter privado, aunque también puede celebrarse mediante documento público.
  • La regulación que el Código de Comercio hace del contrato de comisión puede aplicarse a los acuerdos alcanzados sobre una actividad que se llevará a cabo en territorio nacional.
  • En el caso de pactos con carácter internacional habría que atender a las leyes vigentes en el país donde se realicen las operaciones comerciales, aunque se tratase de comisionistas de nacionalidad española.

¿Crees que interesa a tu negocio el contrato de comisión frente a otras opciones? ¿Sabes que esta modalidad de acuerdo te da la opción, como empresario comitente, de ampliar el alcance de tu negocio a un coste muy bajo?