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¿Cómo ha cambiado la Ley de marcas?

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Todas las empresas que ponen productos o servicios a disposición de los consumidores y quieren diferenciarlos de los de su competencia deben conocer la Ley de Marcas. Pero esta legislación no se mantiene inmutable, sino que va adaptándose a los cambios del mercado.

El último cambio llegó a principios de 2019, con la transposición de la Directiva 2015/2436, cuyo objetivo es armonizar toda la legislación europea en materia de registro de marcas. Aunque el cambio legislativo ya está hecho, no todos sus efectos han sido inmediatos, algunos no entrarán en vigor hasta enero de 2023.

 

 

 

 

 

Desaparece el concepto de marca notoria de la Ley de Marcas

 

 

Uno de los efectos más destacados de la nueva legislación es que se elimina la tradicional diferencia entre marca notoria y marca de renombre.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Lo que existe a hora es la marca de renombre, que hace referencia al hecho de que la marca sea reconocida por una parte significativa de su público objetivo.

 

 

 

 

 

Cambia el procedimiento de oposición

 

 

Este procedimiento permite que una marca se oponga al registro de otra que sea muy similar a la suya. La novedad es que ahora el interesado en el nuevo registro puede exigir a quien se oponga que presente pruebas de haber usado esa marca similar en los últimos cinco años.

 

 

Esto es importante, ya que hace que las conocidas como marcas de cobertura, las que registran las empresas no para ser usadas sino con fines defensivos (por ejemplo, con nombres muy similares a otras marcas que sí tienen en uso), queden sin utilidad.

 

 

 

 

 

La representación gráfica deja de ser necesaria

 

 

Hasta ahora cuando se quería hacer un registro de marca era necesario que la empresa interesada presentara también la representación gráfica de su signo distintivo. Con el cambio en la Ley de Marcas se amplía la posibilidad de registro a signos que no sean susceptibles de representación gráfica para dar así cabida a las marcas no convencionales.

 

 

Ahora el signo puede ser un holograma, puedes ser táctil o incluso una sensación olfativa. Lo importante es que al realizar el registro se pueda determinar claramente cuál es el signo que va a quedar protegido.

 

 

 

 

 

Más protección para las denominaciones de origen

 

 

Se refuerza la protección dada a las denominaciones de origen e indicaciones geográficas protegidas prohibiéndose el registro de marcas que sean idénticas o muy similares a aquellas, evitando así que el consumidor se pueda confundir.

 

 

 

 

 

Nuevas competencias de la OEPM

 

 

Otro de los cambios significativos es que ahora la Oficina Española de Patentes y Marcas será competente de forma directa  para declarar la caducidad o la nulidad de una marca. Los tribunales solo podrán declarar la nulidad si se ha iniciado un proceso de infracción de marca a través de demanda reconvencional.

 

 

Sin embargo, esta medida no entrará en vigor hasta el 14 de enero de 2023. Hasta entonces habrá que seguir el cauce tradicional.

 

 

En definitiva, lo que se busca es una regulación que permita una mejor protección de la marca y con los mismos requisitos y derechos en toda la Unión Europea, para evitar que las diferencias legislativas puedan suponer una limitación a la libre competencia.

 

 

Mantenerse al tanto de los cambios legislativos en este tema es fundamental. Si quieres profundizar todavía más, te puede interesar nuestro máster en derecho empresarial.